Autor: Orlando Solano Bárcenas
Consolidar un medio de comunicación científico que tenga trascendencia en el desarrollo de un área de conocimiento, ha sido desde siempre el objetivo de Misión Jurídica. La construcción de una comunidad académica a su alrededor es fundamental. En ese sentido, garantizar contenidos que resulten relevantes para que la relación entre ciencias sociales, derecho, academia y sociedad se profundice ha sido nuestra visión desde el primer número.
Con unas metas tan ambiciosas somos conscientes de que el camino es largo, sin embargo, a cada paso, el horizonte se amplía y lo que antes era una ilusión hoy es una realidad. Sin vanas pretensiones podemos decir que, a la fecha, Misión Jurídica es un escenario de encuentro importante para miles de investigadores a nivel local, regional y mundial.
Más que enfocarnos en un resultado a corto plazo, medido cuantitativamente por indicadores citaciones —que muchas veces confunden (y a propósito) cantidad con calidad—, nuestra propuesta se ha basado en la consolidación permanente de un equipo nacional e internacional de colaboradores comprometidos con la consciencia académica al servicio de la sociedad.
Este camino ha involucrado no estar en algunos lugares de privilegio, pensados en la acumulación numérica y la verdad estadística inmediata, con obsolescencia incluida. Sin embargo, nos ha llevado a unos destinos que han demostrado ser más relevantes. Entre ellos, la posibilidad de tener una presencia mundial que se puede comprobar en los estudiantes, profesores e investigadores que usan nuestro portal: 612.632, este año. Es decir, un promedio diario de 1.701 visitantes de 82 países.
Es también grato comprobar que muchos de los artículos hacen parte de la bibliografía obligatoria de mallas curriculares en especializaciones, maestrías y doctorados a nivel nacional e internacional. Esa doble vía entre la academia y la sociedad a través de la problematización de la realidad; el trabajo documental y empírico para la recopilación de datos sólidos y con rigor metodológico; el análisis de la información y su categorización; la presentación de resultados y, finalmente, la consolidación como fuente de comprensión y solución de fenómenos sociales nos muestra que nuestro esfuerzo tiene sentido.
Por otra parte, el aumento natural de nuestras citaciones demuestran que, en las ciencias sociales, la calidad académica y la importancia de un estudio no se reflejan necesariamente en la inmediatez de su citación. Tener en cuenta solo los últimos cinco años de producción para medir el impacto de una publicación, por lo menos en nuestra área, debe reconsiderarse. A diferencia de las ciencias naturales, la esencia de la investigación social no se basa en la replicabilidad inmediata, sino en una capacidad argumentativa, casi visionaria, de mayor plazo. El tiempo juzga lo que perdura, ello permanece. Dejar huella en el campo de la investigación académica y social depende de un proceso editorial serio. Ese es nuestro camino.
En la misma medida, la consolidación de un comité editorial-científico de reconocidos académicos de Francia, España, Italia, Portugal, Canadá, Macedonia, México, Puerto Rico, Nicaragua, Brasil, Perú, Chile, Venezuela, Ecuador y, por supuesto, Colombia respalda la alta exigencia y el alcance internacional de nuestra publicación. En la misma medida, ha permitido una permanente retroalimentación local, regional y global en torno a las metas científicas a alcanzar y las maneras de lograrlo.
Finalmente, hemos publicado artículos en cinco idiomas (castellano, inglés portugués, francés e italiano) de 31 países. En efecto, investigadores de Argelia, Argentina, Bahréin, Bolivia, Brasil, Bulgaria, Camerún, Canadá, Chile, China, Colombia, Costa Rica, Cuba, Inglaterra, Ecuador, España, Estados Unidos, Francia, Grecia, Holanda, India, Irán, Italia, México, Perú, Portugal, Puerto Rico, Sudáfrica, Tunicia, Uruguay y Venezuela han confiado en nuestras páginas para dar a conocer su trabajo al mundo.
Quien conoce de dónde viene sabe para dónde va. Hacer esta memoria conviene para recordar que, en lo andado, nos reconocemos como parte de un tejido de confianzas, exigencias y afectos de un universo académico que gravita en torno a Misión Jurídica. De lo local a lo global, de lo teórico a lo empírico, de lo crítico a lo propositivo —en ida y vuelta— la comunidad científica, académica y social construida y en construcción es garantizada por el compromiso de la Universidad Colegio Mayor de Cundinamarca, tanto en su ámbito académico como administrativo.
En el presente número Veronica Capporino analiza el derecho de los agentes económicos, en los casos de los mercados de futuros italianos, británicos y americanos. Para la profesora italiana, en este ámbito es posible incursionar en una ley policromática que pueda ser implementada; inclusive por autoridades no gubernamentales y donde se intenta dejar el registro de cómo la realidad actual está constituida por una pluralidad ordenada. En ella, asegura, la relación entre la autonomía y la heteronomía busca un equilibrio entre los intereses públicos y privados.
Desde Brasil, Renato Horta, actual director de la Comissão de Direito de Família da OABMG, analiza la finalidad y naturaleza jurídica de la pensión alimenticia congruente y necesaria, tanto en la legislación como en la jurisprudencia de su país. El autor reflexiona sobre los casos en los que el cobro excesivo de la pensión alimenticia definitiva puede constituir no solo una falta antiética, sino dar lugar a una sanción jurídica.
A renglón seguido, el investigador Antonio Sanches Solon Ruda, nos presenta una investigación del uso de argumentos y narrativas en el ámbito de las teorías que se ocupan de la cuestión de la prueba, especialmente la Story Model, la Anchored Narratives Theory y la Hybrid Formal Theory of Arguments and Stories. Sanches cuestiona si el proceso normativo instrumentalizado de verificación de la prueba, formulado en la teoría híbrida, responde a la necesidad de tratar la prueba para identificar la naturaleza de la imputación del delito cometido por el agente.
Desde Bolivia, por otro lado, Sergio Rojas Barrientos, director del Instituto de Investigaciones Jurimétricas “Metrón Aristón”, analiza los vicios de la voluntad en el acto administrativo reglado. Desde una revisión exhaustiva, identifica cuatro explicaciones en pugna. De su análisis extrae la existencia de dos jerarquías, una legislativa y, otra, administrativa. Concluye que la voluntad de la que surge el acto administrativo es atribuible al Estado y no al funcionario público que lo emite. Además, nos indica que la voluntad no es un elemento de validez convencional, sino que abarca todos los elementos de validez del acto administrativo.
Por su parte, Antonio Olguín-Torres, profesor investigador de la Universidad de Guanajuato, hace una comparación constitucional entre el papel del Senado mexicano en el proceso de aprobación de los tratados, frente al modelo de los Estados Unidos. Examina la obligación del Senado de aprobar los tratados internacionales previamente negociados por el presidente de México, por lo que este tiene la facultad exclusiva de definir el texto del tratado sin la intervención de ningún órgano legislativo. El autor, por medio del derecho constitucional comparado, propone reformar el artículo 76, fracción I, de la Constitución mexicana.
A continuación, una reflexión sobre la diversidad cultural en la ética aplicada a la Inteligencia Artificial (AI). Los cofundadores Emmanuel R. Goffi y Aco Momcilovic, cofundadores de el Global AI Ethics Institute plantean en este artículo que la AI y su papel en nuestra vida diaria debe ser regulada de alguna manera, pues aunque de gran beneficio actual también es fuente de peligros. Con pocos instrumentos legales que ofrezcan un marco específico para el desarrollo y uso de la IA, los autores proponen a la ética como una base fundamental para crear estándares y establecer límites. Lo ideal es comenzar a pensar acerca de un nuevo sistema de gobernanza que respete la variedad de perspectivas éticas en busca de un código universal.
Posteriormente, el profesor de la Universidad de Guadalajara, Luis Antonio Corona Nakamura, junto a la investigadora Ayari Ivanna Cordova Quiroz, de la misma universidad, presentan una estudio sobre la Constitución mexicana frente a la autonomía indígena, tomando como estudio de caso la comunidad de Cherán-Michoacán. Analizan cómo entender, a partir de allí, la autonomía de los pueblos originarios de México frente a los límites normativos, el garantismo y, la interculturalidad. Proponen posibles formas de garantizar los derechos humanos de las comunidades indígenas, sin desatender los ordenamientos legislativos propios del territorio donde surgen las controversias respecto a la autonomía, la definición de interculturalidad y el derecho al buen vivir.
También desde México, el profesor e investigador Juan Marín González Solís analiza el alcance del Pacto Mundial para la Migración Segura, Ordenada y Regular en el contexto del derecho internacional y en México, donde la dicotomía abierto/cerrado tiene en la frontera su representación. Solís determinó que la política internacional se debe revisar desde los “deberes paralelos en el terreno de la ayuda material”, que ejercen una influencia notoria sobre decisiones y capacidades individuales. El artículo propone algunos estándares jurídicos derivados del Pacto, como la gestión de las fronteras, la detención como último recurso, el tratamiento de las diásporas y la definición de migración regular.
En el ámbito nacional los profesores Vladimir Rodríguez Sanabria y Alexander Monroy Rodríguez abordan la disputa territorial interna como un problema para la soberanía del Estado colombiano. El artículo reflexiona acerca de cómo esta se ha afectado durante las guerras civiles del siglo XIX, así como en el reciente conflicto interno, teniendo como eje de análisis la lucha por el control del territorio. Para superar esta situación se propone el reconocimiento regional desde la autonomía administrativa y fiscal, asumiendo como factor transversal la práctica democrática de los ciudadanos en las regiones.
A continuación, Lucia Perea Chalá–Grandin, pretende demostrar que el origen de la discriminación racial, pobreza y exclusión social del pueblo Afrocolombiano viene de la Ley del 21 de mayo de 1851 y que dicha situación perdura por la indiferencia del Estado. Para sustentar dicha afirmación analiza la Ley del 21 de mayo de 1851, la Sentencia C-931 de 2009, libros, artículos científicos y, un curso sobre los Afrocolombianos, su historia, luchas y logros presentado al profesor Kevin Parthenay, del Instituto de Ciencias Políticas de París, en 2014. Se constató que la ley contiene discriminaciones e inequidades entre las partes del sistema servil y que, por lo tanto, desde la Colonia y comienzos de la República los afros han sido excluidos de la sociedad, víctimas del racismo y —actualmente—, de la indiferencia del Estado.
En seguida, Oscar Iván Lee Pérez, Elsa Cristina Figueredo Martín y Leonel Antonio Vega Pérez, del grupo de investigación Cuerpo Investigativo de Técnica Jurídica – CITEC, nos presentan un análisis jurídico en torno a la normatividad aplicable a las relaciones comerciales contractuales Business to Consumer, establecidas por medio de plataformas digitales en Colombia, explicando y analizando la perspectiva jurídica del riesgo en la perfección del consentimiento electrónico. De esta forma, se puede lograr la identificación de las distintas modalidades de perfección en cuanto al consentimiento en los contratos de consumo electrónico a nivel nacional.
Por otra parte, los investigadores Adriana Camacho-Ramírez y Nicolás Leighton Campo analizar la función del salario mínimo en Colombia y si este es suficiente para satisfacer las necesidades básicas de una familia. También observan la concertación que se desarrolló para su incremento del 10.07% en 2022, junto con las consecuencias de tal aumento. Los autores consultaron políticas e informes de organismos internacionales y legislaciones comparadas para analizar la situación colombiana.
Por su lado, David Esteban Salazar Arce expone la importancia y el alcance de la perspectiva LGBTIQ+, por medio del análisis comparativo entre las Comisiones de la Verdad de Perú, Ecuador y Brasil, que en Suramérica han tratado el tema de manera diferenciada. Como resultado logró evaluar algunos parámetros utilizados por la Comisión para el Esclarecimiento de la Verdad, la Convivencia y la no Repetición en Colombia- CEV en la elaboración de su Informe Final.
Entrando en un terreno sumamente práctico para el derecho inmobiliario, Juan Carlos Bravo analiza los contratos de compraventa de vivienda a través de normas, derechos y deberes contemplados en el Estatuto del Consumidor (Ley 1480 de 2011), así como en el Decreto 735 de 2013, sobre la efectividad de la garantía en el ordenamiento jurídico colombiano. Bravo realiza un estudio exploratorio en el que concurren leyes y jurisprudencia, pero también análisis de referencias prácticas, como el clausulado vigente ofrecido por las constructoras respecto a los deberes y derechos que le asisten al comprador. Se evidenciaron vacíos y abusos por parte de los vendedores de vivienda que no responden (en los contratos) a los parámetros normativos que los rigen.
Finalmente, Laura Caballero Trenado comparte una reseña del libro “La propiedad intelectual de las obras creadas por inteligencia artificial”, de Pablo Fernández Carballo-Calero. En esta publicación de 2001, editada por Aranzadi (Thomson Reuters), el autor indica que los sistemas de Inteligencia Artificial se perfila en clave disruptiva, lo que anticipa ingentes retos para el derecho, en general, y para un concreto sector normativo -la propiedad intelectual-, en particular. En este sentido, el catálogo de derechos protegibles y las distintas vías tuitivas que ofrece la legislación sobre propiedad intelectual es amplio y flexible. Por ejemplo, el derecho de paternidad y su protección a través de los derechos de autor. También puede plantearse la protección en sede de derechos de autor por vía de derechos conexos o a través de patentes.
Nuestra caratula rinde homenaje a la prócer de nuestra independencia, Policarpa Salavarrieta, conocida como “la Pola”. La fotografía es de su casa natal en Guaduas-Cundinamarca, hoy en día constituida en museo. El papel de nuestras mujeres en la escritura de la historia se encuentra aún por revisar con profundidad. El tejido de la libertad no solo recae en los proceres de siempre, sino en una amalgama de colombianos y colombianas que entregaron sus vidas para que las nuestras pudieran ser mejores. Sea esta una invitación a contar nuestra historia con nuevas perspectivas. Como ya anotamos: quien conoce de dónde viene, sabe para dónde va.
Presentado nuestro número, se reitera que nuestras investigaciones obedecen a toda una misión jurídica para enlazar la ciencia con la solución de problemas sociales, así como el análisis de fenómenos sociales y jurídicos que requieren nuevos enfoques científicos para su análisis. En dicho sentido, ofrecemos a nuestros lectores material de alta calidad para pensar y tensionar los límites del campo de estudio. Agradecemos la revisión y difusión de los trabajos que componen el presente número por parte de la comunidad académica.
Sean siempre bienvenidos/as/es a nuestra revista: casa del pensamiento jurídico latinoamericano y mundial.