PALABRAS CLAVE Representaciones sociales, Pluralismo jurídico, Justicia comunitaria, Mecanismos Alternativos de Solución de Conflictos, Conciliación, Conciliación en Equidad, Unidades de Mediación y Conciliación de Bogotá
NORHYS ESTHER TORREGROSA JIMENEZ**
* El artículo es producto de la investigación titulada “Representaciones en torno al concepto de equidad y justicia de los conciliadores y conciliadoras en equidad de las unidades de mediación y conciliación en Bogotá”, presentada a la Universidad Externado de Colombia, para optar al título de doctor en Derecho.
** Doctora en Derecho de la Universidad Externado de Colombia, Bogotá, D.C., Magíster en Docencia de la Universidad de La Salle Bogotá, D.C., Magíster en Ciencia Política de la Pontificia Universidad Javeriana, Bogotá, D.C. Vicedecana de la Facultad de Derecho, Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales de la Fundación Universitaria Los Libertadores.
Recibido: 07-09-2009 / Aceptado: 06-12-2009
INTRODUCCIÓN
Lecturas como las propuestas por el profesor Édgar Ardila1 y trabajos a profundidad como los adelantados por Boaventura de Souza Santos (1991) señalan las lógicas y racionalidades que obligan en el marco de la globalización a reformar la estructura del Estado, principalmente, la administración de justicia. En este contexto, la creación de instrumentos alternativos para la resolución de conflictos busca democratizar la sociedad, acercando el derecho a las comunidades más necesitadas, aceptando el pluralismo jurídico.
Los mecanismos comunitarios e institucionales de solución de conflictos, como la conciliación en equidad, representan un importante avance en la concepción democrática del Estado, en tanto brindan la posibilidad de tramitar los conflictos a partir de los valores, los usos y las costumbres de las comunidades y no desde la mera formalidad del Derecho. En tal sentido, se deben potenciar las figuras que han sido reconocidas jurídicamente en Colombia como los Conciliadores en Equidad, quienes a través de procedimientos informales y más ágiles y del uso del criterio de equidad para el abordaje de conflictos, no solo facilitan los acuerdos, sino que reconocen y actualizan los valores imperantes en su medio, lo que dota de fuerza moral sus decisiones o acuerdos, contribuyendo con esto a la cohesión social.
Esta investigación se enmarca dentro de este nuevo proceso y se propone conocer cuáles son las representaciones sociales que se han construido en relación a los conceptos de justicia y equidad desde el(a) conciliador(a) en equidad. Los resultados alcanzados otorgan sentido a la forma como se han articulado las diferentes representaciones que forman parte de la justicia y que constituyen la orientación de las acciones en el ejercicio de su función como conciliadores. El establecimiento de relaciones mediadas por el sentido de lo que es justo ha ido tomando mayor protagonismo en las decisiones que afectan la vida de muchos bogotanos que, diariamente, acuden a resolver sus conflictos personales, sociales y comunitarios en las unidades de mediación y conciliación.
PROBLEMA DE INVESTIGACION
En los años noventa se inicia en Colombia una transformación en la administración de justicia a nivel constitucional y legal. El Estado es un Estado Social de Derecho; esto permite y obliga a dar soluciones que posibiliten soluciones a las crisis o los problemas y también a que los ciudadanos puedan intervenir en la solución de sus conflictos; por lo tanto en la materialización del derecho2.En 1991 para facilitar la participación y con el ánimo de descongestionar los despachos judiciales, a través de la Ley 23 de 1991, se contempla la figura de la conciliación en equidad.
A partir de allí la figura se hace necesaria hasta el punto de que se consagra en la Constitución Nacional y se hace manifiesta, aunque de forma imprecisa, en la Ley 270 de 1996, en su artículo 8, al establecer el principio de alternatividad judicial, abriendo posibilidades claras y amplias para el desarrollo de la desprofesionalización de la justicia y la participación ciudadana; lo cual se traduce en instrumentos alternativos que permiten que el derecho se acerque cada vez más al ciudadano común. Así aparece la conciliación en equidad, la cual se desarrolla en el aspecto procedimental de manera más precisa en el Decreto 1818 de 1998, la Ley 446 de 1998 y la 640 de 2001, donde también aparece la figura del conciliador en equidad.
Según la Ley 446 de 1998 y explícitamente su artículo 106, los conciliadores en equidad deben ser seleccionados por el Tribunal Superior del Distrito una vez hayan sido postulados por el Ministerio de Justicia que evalúa el proceso de capacitación y la legitimidad del respaldo de la comunidad para con el aspirante.
Entidades como la Cámara de Comercio y la Dirección de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobierno de Bogotá, la Red Comunitaria, la Universidad Externado de Colombia, la Escuela de Justicia Comunitaria de la Universidad Nacional, el Instituto Pensar y CENDEX de la Universidad Javeriana y ONG como la Fundación Conciliar, se han especializado en la capacitación de conciliadores, proveyéndolos de herramientas conceptuales como nociones en justicia, mecanismos alternativos de resolución de conflictos, derechos humanos y conciliación.
A pesar de que los modelos de capacitación de dichas entidades buscan formar promotores de convivencia para una cultura de paz, el supuesto fundacional de la figura de la conciliación como figura eficaz para la descongestión de la justicia se ha desdibujado. La Cámara de Comercio de Bogotá viene adelantando un importante programa de conciliación en equidad a través de las sedes de Conciliación Comunitarias de Cazucá, Ciudad Bolívar, Engativá y Kennedy desde hace varios años; esta larga trayectoria en el uso de la figura ahora le permite formar nuevos conciliadores: sin embargo, el énfasis de la capacitación está puesto en el conocimiento de las leyes, en aras de la descongestión y no de la sensibilización para la convivencia.
Consciente del desdibujamiento de la figura, la Secretaría de Gobierno comenzó a formar conciliadores desde el 2003 procurando acentuar la necesidad de rescatar los referentes comunitarios, los elementos socioculturales y valores de cada comunidad en el momento de la conciliación, como herramienta base para la construcción de una fortalecida red de justicia comunitaria. Es claro que la noción de la conciliación difiere radicalmente de la que proyecta el programa de la Cámara de Comercio, pues hace de esta figura un mecanismo mucho más humano y menos ajeno, al no priorizar el marco jurídico. En pro de las distancias y de las convergencias entre las nociones sobre justicia, igualdad y equidad que tienen los conciliadores capacitados en estas dos entidades; el conciliador debe razonar con equidad y justicia procurando a toda costa que las partes obtengan sus propias soluciones a través de su consejo, o acepten la sugerencia que se le propone, con la cual se busca la satisfacción de los intereses bilaterales, mediante fórmulas de composición aceptables.
En Bogotá, conciliadores en equidad gestionan conflictos en las 20 localidades existentes y con el apoyo de las Unidades de Mediación y Conciliación han logrado convertir la justicia en equidad en una opción de construcción de convivencia. Es por esto que resulta de vital importancia fortalecer la vinculación de los conciliadores y las conciliadoras en equidad a las dinámicas comunitarias existentes en la ciudad. Todo esto hace que sea necesario conocer quiénes son, cuáles son sus representaciones sociales, qué conceptos tienen sobre la justicia comunitaria, ya que son ellos y ellas los y las que realizan la difusión de la figura en sus comunidades, fortaleciendo el concepto, recuperando el tejido social a través de la retórica, reconociendo la diversidad de los sujetos a fin de lograr acuerdos perdurables y consistentes y a la vez fortaleciendo y legitimándose la figura.
DELIMITACION DEL PROBLEMA
El grupo de estudio de la presente investigación fue de 150 conciliadores capacitados por la Dirección de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobierno de Bogotá y 70 conciliadores capacitados por la Cámara de Comercio de Bogotá. De este grupo se obtuvo una muestra significativa aleatoriamente que corresponde al 45% de cada uno de los grupos. Se tomó como objeto de estudio las representaciones sociales, a partir de las cuales se tuvo acceso a las características y significaciones particulares con las que los conciliadores asocian la justicia y la equidad desde sus propias prácticas, debido a que “para las representaciones sociales lo que importa son los modos de conocimiento y los procesos simbólicos” (Banchs, 1996 114); en este sentido las representaciones sociales articulan la vida social de las personas en la cual se conjugan elementos afectivos, mentales y sociales, los que se pueden percibir en el lenguaje y en la forma de actuar en la sociedad (Banchs, 1996).
Las representaciones se construyen en un proceso de interacción social; por lo que al estudiarlas nos permite abrir nuevos caminos a otro tipo de investigaciones que puedan tener en cuenta el pluralismo de lo que puede ser la equidad y, más aún, dar cuenta de una investigación a mayor escala de las representaciones de los conciliadores y las conciliadoras para ser una ayuda en las nuevas políticas públicas que se están creando relacionadas a la administración de justicia.
FORMULACION DEL PROBLEMA
La conciliación en equidad no es solo un medio para descongestión de juzgados, sino que las dinámicas presentes en el escenario social colombiano obligan a repensar la conciliación en equidad para transformarla en un instrumento capaz de generar alternativas ciudadanas no violentas para la construcción de la convivencia pacífica.
“La puesta en marcha de la llamada conciliación en equidad, en la primera mitad de los años noventa ha permitido por ejemplo capitalizar experiencias valiosas de justicia en las comunidades donde por la ausencia estatal o por su ineficiencia, ya venían funcionando formas propias de solucionar los conflictos”3.
PREGUNTA DE INVESTIGACION
¿Cuáles son las representaciones sociales que tienen los conciliadores y las conciliadoras en equidad de las Unidades de Mediación y Conciliación en Bogotá, en torno a los conceptos de justicia y equidad?
METODOLOGIA
La metodología tiene su fundamento en los enfoques hermenéutico y el procesual que permiten reconstruir el contenido de la representación social, en quienes ejercen el rol de conciliadores en equidad.
¿CUALES SON LAS REPRESENTACIONES SOCIALES EN TORNO AL CONCEPTO DE JUSTICIA Y EQUIDAD?
La conciliación en equidad es un mecanismo que se ha desarrollado con el fin de descongestionar la justicia ordinaria y así en forma pacífica y sin costo alguno ayudar en la resolución de conflictos dentro de la comunidad. Durante varios años diferentes instituciones se han encargado de capacitar a las personas para que ejerzan en forma voluntaria este servicio, pero ¿cuáles son los criterios que utilizan estas instituciones para formar a los y las conciliadores y conciliadoras en equidad que decidirán en gran medida la justicia y equidad en las comunidades? y ¿cuáles sus representaciones en torno a estos conceptos?
Fácilmente, se podría investigar conociendo los programas que tienen cada una de las instituciones, pero para entender mejor estos criterios se decidió hacer el trabajo de campo con las personas que ejercen como conciliadores y conciliadoras en equidad en la práctica, indagando cuáles son los conocimientos, representaciones sociales y metodologías que aplican en el momento de la conciliación sobre las personas y que determinarán en gran medida la convivencia dentro de su comunidad. Este trabajo de campo es el principal componente empírico de esta investigación.
La metodología escogida para el trabajo de campo se enmarcó dentro de la estrategia multimetódica llamada “Triangulación”, la cual es la mezcla de los métodos cualitativos y cuantitativos para buscar un mismo objetivo, según Denzin (291)4 es “the combination of methodologies in the study of the same phenomenon”. De igual forma, se define cómo “la combinación en un estudio único de distintos métodos o fuentes de datos”5, que constó de dos herramientas principales: los Grupos Focales y las entrevistas a profundidad.
Aunque las dos herramientas son del tipo cualitativo, los grupos focales se diferencian de las entrevistas a profundidad en cuanto a que estos son desarrollados, como su nombre lo indica, para grupos de personas, generando un espacio de discusión donde se proporciona más y mejores herramientas, para el análisis de la información arrojada por las entrevistas a profundidad. Para las dos herramientas fue necesario determinar una muestra representativa con la finalidad de obtener la mayor veracidad, representatividad y confiabilidad posible de la información que se quiso abordar6.
DISEÑO MUESTRAL PARA EL ESTUDIO CUALITATIVO
La focalización del trabajo de campo hizo necesario establecer las siguientes características para la selección de la muestra:
OBJETIVO ENTORNO LEGAL DE LA MUESTRA
Determinar la información muestral necesaria, para que las entrevistas a profundidad y los grupos focales sean representativos y confiables con los requerimientos básicos exigidos para corroborar la validez de la información.
UNIVERSO DE ESTUDIO
Personas capacitadas como conciliadores y conciliadoras en equidad.
POBLACIÓN OBJETIVO
Conciliadores y conciliadoras en equidad de la ciudad de Bogotá, D.C., capacitados por la Cámara de Comercio y por la Secretaría de Gobierno de Bogotá que se encontraban ejerciendo como conciliadores en equidad en el momento de la entrevista y la encuesta.
ESTRATIFICACION
Dado que la población objetivo se encuentra diferenciada por dos instituciones capacitadoras, se procedió a hacer una muestra estratificada para las dos diferentes instituciones: Cámara de Comercio, Conciliadores y conciliadoras capacitados en esta institución y Dirección de Derechos Humanos de la Secretaría de Gobierno de Bogotá, Conciliadores y conciliadoras capacitados en esta institución.
NIVEL DE DESAGREGACION
La información arrojó resultados a nivel local, es decir, el total para Bogotá D. C. y por Instituciones capacitadoras.
PARAMETROS A INVESTIGAR
El parámetro base es la posición abierta y personal de los asistentes a la entrevista y a los grupos focales en cada una de las preguntas del guión.
DETERMINACION DEL TAMAÑO MUESTRAL
El diseño de muestra que se utilizó es de tipo estratificado aleatorio simple donde se seleccionó una muestra aleatoria para cada estrato. El tamaño de muestra está calculado para estimar parámetros poblacionales de la forma a / b (Razones) donde cada una de las razones está entre cero y uno. Por ejemplo, Si dentro de la muestra, el 20% de los conciliadores expresa que su definición de justicia se ajusta a la propuesta por Rawls, diremos que la razón de interés es del 20%.
Para el cálculo del tamaño de muestra se utilizó un ejercicio de simulación, en donde se estudió el comportamiento del error de muestreo a medida que varía tanto el tamaño de muestra como las razones anteriormente mencionadas. Tal comportamiento se muestra como resultado7 en la siguiente tabla:
TABLA 6. TAMAÑO MUESTRAL
Esto dio como resultado que del total de 8 personas entrevistadas en la prueba piloto, 5 personas respondieron que estaban de acuerdo con que la conciliación “es un mecanismo de forma pacífica para arreglar problemas” y que equidad “es lo que corresponde a cada persona”, el cual dio un valor del 63%, que de acuerdo a nuestra tabla y acercándonos a un 3% de error tomamos como tamaño muestral óptimo un total de 44 personas para el estudio cualitativo. Seleccionado el tamaño de muestra se efectuó la asignación de los tamaños de muestra para cada estrato, esta asignación se realizó de forma proporcional al tamaño del estrato, lo cual dio como resultado:
TABLA 7. MUESTRA
GRUPOS FOCALES
El proceso de desarrollo de la encuesta en profundidad estuvo mediado por la aplicación de la técnica de grupo focal, para lo cual una vez establecida la muestra, de manera aleatoria, se agruparon las personas que conformaron los grupos.
Para la agrupación fue importante tener en cuenta la heterogeneidad de sexo, edad promedio (cohortes generacionales), estado civil, nivel socioeconómico, entre otros. En este caso fue de vital importancia un buen moderador, dado que la calidad de los datos recopilados dependió en gran medida de la habilidad y motivación que tuvo el moderador. Finalmente, se tuvo un grupo focal de ocho personas.
ENTREVISTA A PROFUNDIDAD
Las entrevistas a profundidad se realizaron persona a persona, siendo este el método más conocido de los estudios cualitativos descriptivos. De igual forma y habiendo desarrollado la muestra se entró a detallar la dinámica para abordar esta actividad. Antes que nada fue importante tener la lista previa de las personas de la muestra con el fin de contactarlas telefónica o personalmente, para poder realizar la entrevista. Estas listas se elaboraron según datos de la Unidad de Mediación y Conciliación, UMC, de cada localidad8.
ANALISIS DE LA INFORMACION DE LA ENTREVISTA
Para el análisis de los datos, la información se clasificó en categorías identificadas en los datos mismos mediante un proceso inductivo (es decir, según como se obtuvo la información se clasificaron las variables).
El análisis de la información es más subjetivo que el de la información recogida por una encuesta cuantitativa; por lo tanto, se consideró importante hacer un resumen para cada entrevista, según variables preestablecidas, pero siempre por objetivos, pues lo que se plasmó fueron las tendencias de comportamiento, actitudes, motivaciones, emociones, estilos de vida y algunas opiniones que por su tipicidad pudieron incluirse literalmente.
Teniendo las variables se entró en la etapa de bajar la información a formato escrito, para lo cual se escuchó, en primer lugar, la grabación y luego completar las notas del entrevistador. Cuando se consideró que las notas estaban completas se procedió a codificar la información diseñando una matriz de categorías que facilitó hacer el análisis de la información cruzando variables e indicadores obtenidos en la entrevista, proceso del cual se pudo derivar la cuantificación de algunos resultados. Después de organizada la matriz, se identificaron los puntos de vista divergentes y se interpretaron para arribar a las conclusiones, las cuales son sobre la orientación de las respuestas de los entrevistados en relación con los diferentes conceptos revisados.
Es importante mencionar que no se utilizaron porcentajes porque no se pueden hacer inferencias sobre las preguntas abiertas que se realizaron en la entrevista.
INSTRUMENTO DE RECOLECCION
El instrumento de entrevista tuvo las siguientes características para su aplicabilidad en el trabajo de campo: Corto, de fácil comprensión y dinámico.
La metodología de aplicación del cuestionario fue uno a uno. El entrevistador manejó la dinámica leyendo cada una de las preguntas y grabando la entrevista. El instrumento de la entrevista finalmente quedó diseñado con los siguientes componentes:
Identificación del cuestionario: Provee los datos de información del cuestionario y su respectivo consecutivo de aplicación.
Instrumento de Encuesta para la Investigación “Representaciones sociales de los conceptos de equidad y justicia en conciliadores en equidad en Bogotá”.
No 001
Perfil: El perfil permite identificar la información básica de la persona encuestada:
1. Información básica del conciliador:
Contenido: Este componente provee las preguntas que se repartieron en los siguientes grupos: Conocimientos generales para la conciliación
– Temas de su mayor interés de la capacitación
– ¿Qué entiende por justicia?
– Ejemplifique qué es justo y qué no lo es, dado su experiencia.
– ¿Qué entiende por igualdad?
– Ejemplifique un fallo justo y uno injusto, dado su experiencia.
– ¿Qué entiende por equidad?
– Ejemplifique qué sería equitativo y qué no lo sería, dado su experiencia.
– ¿Qué entiende por justicia comunitaria?
– ¿Qué entiende por conciliación?
– ¿Para qué sirve la conciliación?
– ¿Qué es lo que hace a la conciliación un mecanismo alternativo de resolución de conflictos?
Representaciones Sociales particulares sobre su ejercicio como conciliador y su comunidad.
– ¿Cuál es su lugar en el proceso de conciliación?
– Identifique las características de su comunidad
– Según usted ¿cuáles son los referentes de su comunidad en cuanto a justicia, igualdad y equidad?
– ¿Cuáles son los elementos socioculturales de su comunidad
– ¿Qué prioriza en el momento de la conciliación?
– Aspectos generales de su experiencia como conciliador
– ¿Qué estrategias o metodologías utiliza para acercarse a su comunidad con el fin que lo reconozcan como conciliador en equidad?
Información procedimental
– ¿Cuáles cree que son sus competencias como conciliador?
– Por lo general ¿qué tipo de casos lleva (familia, laboral, civil, comercial, otros)?
– ¿Por qué vía llegan los casos hasta su instancia?
– ¿Cómo resuelve si el caso es conciliable? Describa el procedimiento que por lo general usa para la conciliación
– ¿Cómo resuelve si el caso no es conciliable? Describa el procedimiento que por lo general usa para la conciliación
– ¿Qué tipo de herramientas o de pedagogía usa para la conciliación?
– ¿Cuál es el valor que prioriza para la conciliación?
TRABAJO DE CAMPO
El trabajo de campo se realizó en dos etapas, la prueba piloto y el trabajo de campo definitivo.
PRUEBA PILOTO
La prueba piloto se realizó con el fin de escoger el tamaño muestral final, probar el instrumento de encuesta, la dinámica de la entrevista y la forma de análisis óptima para la consecución de resultados, esto ayudó a un mejor manejo de la entrevista y al perfeccionamiento del instrumento de encuesta que dieron los lineamientos finales para la implementación total del trabajo de campo.
De igual forma la prueba piloto no solo ayudó a arreglar toda la metodología, el cuestionario, la entrevista y la forma de análisis, sino que arrojó herramientas conceptuales que retroalimentaron la dirección de la investigación para mejorar el diseño de la investigación.
CONCLUSIONES DE LA PRUEBA PILOTO
La prueba piloto se realizó sobre el 10% del tamaño muestral experimental de la población objetivo, conforme con la muestra que estaba diseñada para determinar el tamaño final según el criterio de respuesta de la prueba piloto; esta determinará que a mayor homogeneidad de las respuestas menor tamaño muestral, pero si las respuestas son bastantes heterogéneas sería mayor el tamaño muestral, guardando siempre un error de muestreo lo más cercano al 0.
RECOLECCION DE LA INFORMACION
Para abordar la población objetivo se sacaron listados de las personas capacitadas por la Secretaría de Gobierno de Bogotá y las personas capacitadas por la Cámara de Comercio de Bogotá, pero surgió el de falta de actualización de los listados. Varias de las personas no se encontraban ejerciendo como conciliadores en el momento de la entrevista para la prueba piloto. En consecuencia, se eligió como estrategia abordar a la población objetivo in situ. Se estableció contacto directo en los diferentes Puntos de Atención Comunitaria (PAC) donde se realiza la conciliación en cada una de las localidades en las horas de atención, para hacer la entrevista. Es importante precisar que se tuvo como criterio no entrar a interrumpir su labor como conciliadores, lo cual facilitó, a su vez, la observación del ejercicio de la conciliación.
ENTREVISTA
Se realizó una entrevista a profundidad una a una, con los diferentes conciliadores, utilizando como medio de recolección la grabadora de voz9.
INSTRUMENTO
El instrumento de encuesta o cuestionario fue de fácil comprensión para los entrevistados.
ANALISIS
Para el análisis de los datos, la información se bajó de los casetes y se transcribió cada una de las entrevistas, lo cual ayudó a la codificación. Esta información se clasificó en categorías que posteriormente derivó en subcategorías identificadas en los datos mismos mediante un proceso inductivo, para, finalmente, clasificarlas por variables sujetas a los objetivos propuestos desde el principio de la investigación.
RESULTADOS DE LA PRUEBA PILOTO
De los resultados de la prueba piloto se sacaron básicamente dos cambios. El primero en lo referente al tamaño muestral el cual bajó sustancialmente y el segundo en lo referente a los cambios del cuestionario.
CUESTIONARIO
El cuestionario se modificó de modo que las preguntas del perfil y las que se podían cuantificar tuvieran una enumeración con el fin de poderlas insertar en un programa para su análisis. Por otro lado, se cambiaron preguntas en los subgrupos y se insertaron preguntas como:
– Tiempo en horas de dedicación a la conciliación
– Lugar donde vive
– Actividad económica
– Qué lo motivó para ser conciliador
-Qué estrategias o metodologías utiliza para acercarse a su comunidad con el fin de que lo conozcan como conciliador en equidad10.
IMPLEMENTACION
Conforme a la información arrojada por la prueba piloto se hicieron los cambios necesarios y comenzó la implementación al total de la población objetivo.
La metodología de implementación fue igual al de la prueba piloto, pero con la diferencia de que se adicionaron los cambios según los resultados de la prueba piloto, lo cual mostró finalmente una dinámica de entrevista sencilla y constructiva, de igual forma las personas entrevistadas mostraron curiosidad por el tema donde sus aportes enriquecieron de manera sustancial el trabajo. Fue una encuesta amena y se redujo a un promedio final de 40 minutos aproximadamente.
ANALISIS DE LA INFORMACION
Datos generales
Para la elaboración de análisis se hizo un estudio estadístico para observar algunas características de la población; de este análisis tenemos los siguientes resultados, resumidos en las siguientes tablas.
Tabla 8. Edad
La información obtenida permite establecer que la edad promedio de los conciliadores entrevistados es de 52 años, sin arrojar ninguna variación importante dentro de las dos entidades; para la Secretaría de Gobierno un resultado de 52 y los de la Cámara de Comercio de 51. Este promedio es básico para demostrar que la edad de los conciliadores en equidad se encuentra cercana a la edad de jubilación; es decir, los 50-55 años de edad, lo cual es ilustrativo del perfil de estas personas, pues como se observará más adelante está muy relacionado con su actividad económica.
Tabla 9. Género
Se encuentra que el porcentaje de participación es de 59% de hombres sobre 41% de mujeres; para los conciliadores de la Cámara se da una variación porcentual mayor, que corresponde al 75% para hombres y de 25% para mujeres.
Tabla 10. Estado civil
Con respecto al estado civil, el mayor porcentaje se encuentra en los conciliadores casados con un 68%, seguido de los solteros con un 19%. Este resultado puede explicar, en principio, la capacidad conciliadora que tienen estas personas dado que evidentemente mantienen unidos sus hogares y son capaces por medio de este equilibrio emocional de dar consejos prácticos en los temas de familia a las personas que atienden.
Tabla 11. Estrato socioeconómico
El mayor porcentaje se ubicó en el estrato tres con un 59% seguido por el estrato dos con un 30% y, en menor participación, los estratos 4 y 5 con un 5%, en ambos casos.11
Tabla 12. Localidad donde vive
La localidad que presenta mayor porcentaje de residencia de los conciliadores es la de Engativá, con un 46%; le sigue la de Suba con el 27% y la localidad de Kennedy con un 19%.12
Tabla 13. Nivel Educativo
Esta variable arrojó que la mayor concentración porcentual, en cuanto a la formación académica, se dio en el nivel de bachillerato, con el 35%, aumentando sustancialmente en los de Secretaría de Gobierno que presentan un porcentaje de 40%13. Para conocer el perfil de las personas que hicieron una carrera de pregrado se observó según la siguiente gráfica que son los sicólogos los que tienen la mayor participación dentro de los conciliadores, seguidos por los administradores y contadores y en menor medida los abogados y otros profesionales.
Tabla 14. Profesiones y carreras
Se infiere que la diversidad de profesionales no ve el ejercicio de la conciliación como un servicio relacionado o derivado del derecho, profesión que ocupó el cuarto lugar; mientras que la percepción de ayuda está representada en la profesión de psicología la cual ocupó el primer lugar14.
Tabla 15. Actividad económica
Tabla 16. Tiempo de dedicación
La medición del tiempo dedicado al ejercicio de la conciliación se estableció en horas a la semana, lo cual arrojó un promedio de 7 horas. Sin embargo, se detectó que las personas de la Cámara de Comercio reportaron 8 horas de dedicación semanal.
Tabla 17. Experiencia como conciliador
En general se observa que el 81% de la población tiene en promedio 3 años de experiencia y tan solo el 19% la tiene en meses, con un promedio de 5.716.
ENCUENTRO Y DIALOGO DE LA TEORIA CON LA PRACTICA
CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES
La teoría de las representaciones sociales afirma que toda realidad es representada, esto es, apropiada por el individuo o el grupo, reconstruida en su sistema cognitivo e integrada en su sistema de valores. Además, la representación está constituida por un conjunto de informaciones, creencias, opiniones y actitudes conscientes o no conscientes a propósito de un objeto o fenómeno determinado. Por otro lado, el conjunto de informaciones, actitudes, opiniones y creencias que constituyen la representación están organizadas y cada elemento no toma significación, sino en función de su lugar en dicha organización y de otros elementos con los que se relaciona. En la representación hay elementos centrales, los cuales juegan un rol privilegiado, puesto que es en relación con ellos que se definen el peso y el valor de los otros elementos vinculados al objeto o fenómeno representado (Abric, 1987 y 1997).
Ahora bien, la apropiación que un individuo hace de la realidad es también dependiente de su historia y de los contextos social e ideológico que lo rodean (cf. Abric, 1997); de hecho, la representación se sitúa en el punto donde se interceptan lo individual y lo social. Lo social interviene de varias maneras: a través del contexto concreto en que se sitúan los individuos y los grupos; a través de la comunicación que se establece entre ellos; a través de los marcos de aprehensión que proporciona un bagaje cultural; a través de los códigos, valores e ideología relacionados con las posiciones y pertenencias sociales específicas (cf. Jodelet, 1993). Por ello, los contenidos y los procesos de constitución de las representaciones han de situarse en las condiciones y los contextos en los que surgen. En otras palabras, las representaciones sociales son ese conocimiento espontáneo, ingenuo, intuitivo que, generalmente, se denomina sentido común, distinto, entre otros, al conocimiento científico.
Esta clase de conocimiento lo van construyendo los individuos a partir de su experiencia, pero como se trata de un conocimiento socialmente elaborado y compartido también surge a partir de las informaciones, modelos de pensamiento que se reciben o se transmiten mediante la tradición, la educación y la comunicación social. Una representación no es la reproducción pasiva de un exterior en un interior, en ella participa también el imaginario individual o social. Es el representante mental de algo: objeto, persona, acontecimiento, idea, etc. Por esta razón, la representación está emparentada con el signo, con el símbolo, al igual que ellos, la representación remite a otra cosa. No existe ninguna representación social que no sea la de un objeto, aunque este sea mítico o imaginario.
En este contexto, al hacer un análisis de los resultados arrojados por el trabajo de campo y después de revisar y releer las transcripciones y antes de hacer las conclusiones, debemos hacer las siguientes apreciaciones sobre las representaciones sociales de los conceptos de justicia, equidad y justicia comunitaria. Primero, se desprende de la investigación, y a la luz de las observaciones realizadas, que la construcción de la justicia comunitaria constituye una forma de acercarla a comunidades marginadas de la justicia formal, como es el caso de las localidades de Bogotá. En segundo lugar, la representación social de justicia comunitaria es bastante imprecisa; muestra diferentes realidades y también puntos de vista que llegan incluso al caso de hablar de justicias en plural. Lo anterior es más evidente en el imaginario de algunas personas de la comunidad, tanto desde la idealización como en sus estrategias de instrumentalización de la conciliación en equidad.
Después de hacer las anteriores apreciaciones, señalamos lo siguiente respecto a las representaciones sociales en los usuarios de la conciliación en equidad de los conceptos de justicia, equidad y justicia comunitaria:
– REPRESENTACION SOCIAL DEL CONCEPTO DE JUSTICIA
La representación social del concepto de justicia en los(as) conciliadores(as) en equidad es dar a cada persona lo que se merece y esto fundamenta y ayuda a evitar y resolver conflictos.
– REPRESENTACION SOCIAL DEL CONCEPTO DE EQUIDAD
La representación social del concepto de equidad de los(as) conciliadores(as) en equidad es la posibilidad de poder resolver el conflicto sin que haya un perdedor o un ganador; es equilibrio, dar igualdad de condiciones a las partes que están en conflicto. Las partes aportan para llegar a una solución del problema.
– REPRESENTACION SOCIAL DE JUSTICIA COMUNITARIA
La representación social de los conciliadores y las conciliadoras en equidad sobre el concepto de justicia comunitaria es que se trata de otra manera de resolución de conflictos que evita costos y aumenta la calidad de vida; además, prima la justicia para la comunidad, debido a la igualdad de derechos de todos los ciudadanos de obtenerla.
– REPRESENTACION SOCIAL DE CONCILIACION
Respecto al concepto de conciliación en los(as) conciliadores(as), la representación social es que dos partes lleguen a acuerdos, escuchando sus expectativas, respetando diferencias y rescatando el diálogo como la mejor herramienta para la solución pacífica de conflictos donde se imponen situaciones y no criterios.
– REPRESENTACION SOCIAL DE CONCILIACION EN EQUIDAD
La representación social de los(as) conciliadores(as) en equidad de la conciliación en equidad es la posibilidad de solucionar los conflictos en equilibrio, dando condiciones de igualdad a las partes que intervienen para solucionar el problema o conflicto; habiendo sido escuchadas y respetados como miembros de la comunidad.
DIFERENCIAS ENTRE JUSTICIA COMUNITARIA Y JUSTICIA FORMAL
Las principales diferencias que establecen los conciliadores y las conciliadoras en equidad entre la justicia comunitaria y la justicia formal están en la percepción de que en la justicia comunitaria prima la equidad; es decir, no hay ganadores ni perdedores; el carácter gratuito de la justicia comunitaria respecto a la justicia formal; también consideran que el mecanismo no puede resolver todos los asuntos, es decir, no se puede conciliar todo. Del mismo modo, de la investigación se desprende que para muchos(as) conciliadores(as) es necesario un mayor compromiso del Estado con la justicia comunitaria, en el sentido de hacer cumplir los acuerdos conciliatorios. De otro lado y como conclusiones generales, tenemos:
– Lo que más se valora del mecanismo de conciliación en equidad es la cercanía, traducida en la presencia física institucional; especialmente, en las zonas más pobres donde la marginalidad hace precaria la presencia institucional. Lo anterior, es afirmado por los líderes comunitarios de manera explícita y, además, constituye motivo de orgullo el contar con un espacio físico para realizar conciliaciones en equidad que, entre otras cosas, ha sido producto del esfuerzo de la misma comunidad. Pero más allá de valorar positivamente la cercanía, es difícil establecer más afirmaciones puesto que la oferta de justicia es prácticamente inexistente. Lo que reconocen los(as) conciliadores(as) es el impacto de la oferta de justicia anteriormente inexistente, ya que no se acude a la justicia formal, lo cual sirve de parámetro de comparación.
– La modificación que introduce en el entorno la nueva presencia institucional transforma la percepción común sobre la conciliación en equidad. Así mismo, la presencia física institucional rompe con cierta percepción respecto a la justicia comunitaria que se asimilaba a una justicia hecha por pobres y para pobres.
– En el imaginario colectivo queda la sensación de que la conciliación en equidad es un mecanismo que se creó para los pobres.
– Los usuarios de la conciliación en equidad perciben la justicia comunitaria como un tipo de justicia “de segunda”; especialmente porque desde el momento en que entran en vigencia estos mecanismos alternativos de solución de conflictos el Estado se desentiende.
– Las Unidad de Mediación y Conciliación han sido un factor de posicionamiento de la justicia comunitaria dentro de la comunidad que se ve reflejado con el uso del mecanismo de la conciliación en equidad por parte de la comunidad.
– Con el uso de la conciliación en equidad se da un fenómeno particular: la falta de un garante que haga cumplir los acuerdos conciliatorios; que pueda obligue su realización a través de medios coactivos. Algo que todavía no pueden lograr los(as) conciliadores(as), a pesar de la normatividad al respecto. Por eso, uno de los aspectos que más censuran los(as) conciliadores(as) en equidad que, a su vez, es una diferencia fundamental con la justicia formal es la nula capacidad que tiene el mecanismo para hacer efectivos los acuerdos logrados.
– En el imaginario de la gente existe la sensación de que la conciliación en equidad es utilizada para descongestionar y agilizar los casos que se manejan desde la justicia formal; que esta forma de justicia se crea para resolver conflictos cotidianos y relativamente sencillos, pero que el Estado es incapaz de resolver por la congestión del aparato judicial. El sentir de la mayoría de los usuarios es de preocupación por la falta de acompañamiento y de asistencia del Estado a estos mecanismos, ya que consideran las condiciones en las que trabajan los conciliadores es precaria.
– Para muchos, el mecanismo de la conciliación en equidad funciona por el hecho de que los conciliadores sean al mismo tiempo personas de la misma comunidad; esto a su vez permite que se interesen más por resolver los conflictos desde la equidad. También perciben que la justicia la representan los organismos del Estado; en primer lugar, la Fiscalía e, luego, instituciones como la Procuraduría, la Policía, el Gobierno. Fueron muy escasas las respuestas donde identifican a los(as) conciliadores(as) en equidad referenciándolos al Estado en cuanto tal.
– Las condiciones que determinan la escogencia de la conciliación en equidad, por parte de los(as) conciliadores(as). están dadas especialmente con la identificación con un servicio gratuito y la cercanía física de la institución, sumándose en algunos casos a la percepción de justicia nacida de la informalidad. Por ello, se debe mencionar la empatía como una de las características que más mencionan y a la que más valor le dan los usuarios, ya que los conciliadores salen de sus oficinas y van donde está el conflicto; lo que resulta una tarea con profunda proyección social.17
– La estructura cognitiva básica a partir de la cual construyeron las representaciones sociales los conciliadores y las conciliadoras en equidad entrevistados(as) es la conciliación-acuerdo; líder comunitario y conciliación en equidad como fuerzas transformadoras de conflictos en la comunidad.
– Las funciones del líder comunitario como conciliador en equidad trascienden todas las relaciones que se dan dentro de la comunidad; por lo tanto, observan que la conciliación en equidad mejora la convivencia de la comunidad. De igual forma, los(as) conciliadores(as) en equidad ven el diálogo como la mejor herramienta para la solución pacífica de conflictos donde se imponen situaciones y no los criterios.
– La conciliación en equidad, por ser gratuita y voluntaria, es sinónimo de acuerdo entre las partes para no acudir a otras instancias, como la justicia formal.
– En el punto de atención comunitario, a través del mecanismo de la conciliación en equidad, se solucionan los conflictos de la comunidad. Además, es sede de las relaciones sociales y de los acuerdos logrados entre los usuarios.
– Los conciliadores y las conciliadoras en equidad de las Unidades de Mediación y Conciliación en Bogotá se sienten excluidos de la justicia formal y algunas veces abandonados por el Estado.
– Los(as) conciliadores(as) en equidad consideran la justicia comunitaria como un método alternativo de resolución de conflictos que evita costos y mejora la convivencia; es así como la conciliación en equidad no solo se convierte en un mecanismo alternativo para solucionar los conflictos dentro de la comunidad, sino que se ha convertido en la única justicia a la cual tienen acceso las personas de escasos recursos.
– Las representaciones sociales de los conciliadores y las conciliadoras en equidad sobre los conceptos de justicia, y equidad son multidimensionales y se han expresado en las dimensiones política, económica, ideológica y social.
– En lo social: la conciliación en equidad se manifiesta como solucionadora de conflictos, se representa como un espacio de integración y de solución de problemas. Se ha avanzado en el diálogo, de manera que la comunidad ha ido recobrando poco a poco el valor de la palabra, el perdón y la concertación.
– En lo político: parte de la problemática se expresa por la falta de credibilidad en las instituciones del Estado; por ello, para muchos es necesario un mayor compromiso del Estado con la justicia comunitaria. La conciliación en equidad está asociada a una política de descongestión de los despachos judiciales y ello implica que el aparato judicial cumpla con su papel como responsable del servicio de justicia. Esta debe ser desarrollada en todos los niveles y por todas las entidades de gestión pública. Por eso, es necesario desarrollar un debate que conduzca a unificar criterios respecto del papel de muchas instituciones en la resolución alternativa de conflictos.
– En lo económico: los y las conciliadores(as) en equidad ven a la conciliación en equidad como un método alternativo de resolución de conflictos que evita costos y mejora la convivencia en la comunidad. La conciliación en equidad, por ser gratuita y voluntaria, es sinónimo de acuerdo entre las partes para no acudir a otras instancias, como la justicia formal.
– En lo ideológico: asociada con el ámbito económico. Los y las conciliadores(as) en equidad se representan como excluidos de la justicia formal y algunas veces como abandonados por el Estado. Consideran que hay relaciones desiguales en el acceso a la justicia puesto que las actas de conciliación y los acuerdos a los que se llegan no son validados por la justicia formal. El Estado debe garantizar que se cumplan los acuerdos que se firman dentro de la conciliación en equidad, diseñando mecanismos para su efectivo cumplimiento.
RECOMENDACIONES
Desde la representación de los conciliadores y las conciliadoras en equidad, la labor de los conciliadores debe obtener el mismo apoyo institucional que se le brinda a la justicia ordinaria o formal; aprovechando las ventajas que se observan de su práctica y, en especial, su respuesta a la efectividad de su función entendida como la resolución de conflictos, la aplicación de justicia para la comunidad, la respuesta a los requerimientos de las partes, todo lo cual se refleja en alguna medida en evitar que los asuntos que se traten y resuelvan no serán presentados a la justicia formal, contribuyendo a la menor congestión o descongestión de los despachos y funcionarios judiciales, liberándolos, de esta forma, del mismo número de procesos que se resuelvan y, por lo mismo, colaborando, tal vez hoy en forma silenciosa, con la economía procesal en todos sus sentidos.
En este sentido se materializa la justicia comunitaria como una línea de democratización de la justicia, articulando las expresiones locales y regionales de la organización comunitaria. Esta construcción democrática del justo comunitario, con sus debilidades, debería ampliar sus procesos, dinámicas y logros a otros medios sociales, como lo podemos entrever en la mediación social y escolar.
La conciliación, entonces, y sus resultados de justicia comunitaria exigen mayor reconocimiento y una fuerte y clara legitimidad, al contrario de la difusa o confusa que la caracterizan en oportunidades. Los conciliadores(as) resaltan las limitaciones de la institución porque no la perciben como el mecanismo válido para resolver los problemas de los particulares, especialmente, por la falta de coercitividad de los resultados de las conciliaciones.
Adicionalmente, en buena parte de estos casos la indicación para acudir al lugar y la oportunidad de la conciliación no pasa de ser casual, o una opción de vecinos donde la mayoría de los usuarios no privilegian este mecanismo sobre otras opciones. Esto es reflejo de la poca visibilidad que aún tiene el mecanismo de la conciliación en equidad, a pesar de que la idea de conciliación en general sea percibida como una mejor manera de solucionar los problemas.
La conciliación en equidad debe ser fortalecida tanto en presencia como en opción, ágil, gratuita y cercana a los problemas y conflictos de los miembros de la sociedad, como en el hecho de hacerse pública y visible para diferentes miembros y estamentos de esta. Es un mecanismo que debe crecer con ayuda de la justicia formal, de la institucionalidad, en la comunidad, los gremios, las personas, para hacerla efectiva, permitiendo de paso la inclusión y participación de toda persona interesada en resolver un conflicto, obtener una declaración o un derecho y participar a diferencia de las dificultades del aparato judicial que en algún momento y forma han dado respuesta de imposibilidad y exclusión, máxime al enfrentar el complejo mundo judicial institucional que puede ser tan especialmente ajeno, como puede ser cercana la conciliación en el medio propio de cada persona o interesado. Lo anterior debe rodearse y plasmarse de una regulación social de la institución y la figura con la normatividad pertinente.
Para la formación, tanto la académica propia de las facultades, como de la comunidad, en general, es importante incentivar la práctica de la conciliación en equidad como alternativa adecuada para la resolución de conflictos, por oposición al ejercicio intenso y complejo del litigio. Las capacitaciones deben contemplar al sujeto en forma individual y social dentro de su contexto, pasando de los saberes y conocimientos jurídicos al énfasis de la construcción en torno a la necesidad de ser partes de procesos de conciliación.
Por lo tanto, es necesario posesionarla y resaltarla como un proceso que oriente y se oriente por medio de la cultura de la convivencia, que en últimas es propósito de cualquier tipo de justicia.
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NORMATIVIDAD
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Ley 23 de 1991. “Por medio de la cual se crean mecanismos para descongestionar los despachos judiciales y se dictan otras disposiciones”. Ley 446 de 1998. ”Por el cual se adoptan como legislación permanente algunas normas del decreto 2651 de 1991, se modifican algunas del código de procedimiento Civil, se derogan otras de la ley 23 de 1991 y del Decreto 2279 de 1989, se modifican y expiden normas del Código Contencioso Administrativo y se dictan otras disposiciones sobre descongestión, eficiencia y acceso a la justicia”.
Ley 640 de 2000. “Por el cual se adoptan normas sobre la conciliación.
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C-294 de 1995. M.P. Jorge Arango Mejía.
C-1436 de 2000. M.P. Alfredo Beltrán Sierra.
C-330 de 2000. M.P. Carlos Gaviria Díaz.
C-1436 de 2000.
SU-048/97, M.P. Alejandro Martínez Caballero.
T-475/98, M.P. Alejandro Martínez Caballero.
T-433/93, M.P. Fabio Morón Díaz.
T-530/95, M.P. Eduardo Cifuentes Muñoz.
T-276/95, M.P. Hernando Herrera Vergara.
T-197/95, M.P. Vladimiro Naranjo Mesa.
T-057/95, M.P. Eduardo Cifuentes Muñoz.
T-268 de 1996. M.P. Antonio Barrera Carbonell.
T-030/96, Antonio Barrera Carbonell.
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2 Torres Corredor, Hernando. “Acceso a la justicia: Caminos para hacer efectivo el Derecho”. Pensamiento jurídico – Justicia y Jueces No. 4. 1999, p. 96
3 Corporación Excelencia en la Justicia. Justicia y Debates. Año II. No 3. Marzo de 1998. Colombia. p. 23.
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6 Es importante señalar que el tamaño muestral de la investigación determinó un total de 44 personas y se decidió, sobre la marcha del trabajo de campo, con base en las características específicas que se fueron identificando, hacer un análisis estadístico para describir el perfil de los/ las conciliadores en equidad. Este estudio no modificó el diseño metodológico cualitativo sino que lo amplió desde el punto de vista conceptual.
7 Para determinar el tamaño muestral final, se realizaron dos preguntas en la prueba piloto: ¿Qué entiende por conciliación? y ¿Qué entiende por equidad?, para conocer el grado de similitud de las respuestas en cuanto los temas.
8 Las entrevistas a profundidad se realizaron en los diferentes puntos de atención. Mediante una sola jornada de entrevista se facilitó la expresión, libre y voluntaria, de la opinión personal con relación a justicia, justicia comunitaria, convivencia, igualdad y equidad, y los demás contenidos del guión previsto por el investigador.
9 En promedio la entrevista tomó 40 minutos, fue de agrado y de fácil respuesta para los conciliadores y conciliadoras que la respondieron.
10 Se eliminaron las siguientes preguntas: Relevancia de la conciliación, hace reflexión sobre la necesidad pacífica de resolver los conflictos con las partes, tipos de casos, metodologías para la conciliación y estudio de actas.
11 Estos estratos se asimilan a los de la población de las comunidades y los lugares donde prestan su servicio, brindando un espacio de igualdad en términos sociales y de comunión con las representaciones sociales, acorde con sus respectivos estilos de vida.
12 Las demás localidades presentan porcentajes de residencia menores, como puede observarse el 3%. Es importante mencionar que Engativá es la localidad donde más centros de conciliación hay en toda Bogotá.
13 El nivel universitario sigue con un 30%, aquí cabe anotar que son las personas de la Secretaría de Gobierno las que más porcentaje presentan en esta variable con un 36%, a diferencia de los conciliadores o conciliadoras de la Cámara de Comercio con un 17%. Esto podría indicarnos que las personas que estudian en la Cámara de Comercio tienen un nivel de educación algo menor.
14 El segundo y tercer lugar fueron ocupados por profesionales en administración de empresas y contaduría, resultado que se relaciona con que la actividad económica de los mismos que es independiente, tal y como se presenta más adelante.
15 Esta variable está relacionada con el tiempo de dedicación a la conciliación y a la edad, dado que en su mayoría se observa que las personas que se dedican a la conciliación son independientes laboralmente, seguidas de personas pensionadas. Esto demuestra que el factor de dedicación está condicionado principalmente por las diferencias que tienen frente a sus trabajos, debido aque son personas que viven de sus propios negocios o de la pensión quienes cuentan con el tiempo necesario para invertirlo en el servicio comunitario de conciliación. La siguiente gráfica muestra las ramas de actividad económica que tienen los conciliadores de este estudio.
16 Es importante mencionar que el 100% de los conciliadores formados en la Secretaría de Gobierno tienen años de experiencia, a diferencia de los de la Cámara que tienen una representación de tan sólo el 42%.
17 Ejemplo de lo anterior, es la propuesta realizada al investigador para que ayudara a resolver un conflicto de linderos y que además ayudara a capacitar a la comunidad en temas de justicia comunitaria.